los nuevos beneficios fiscales para comerciantes, monotributistas y jubilados porteños
La devolución exprés de saldos a favor en Ingresos Brutos beneficia a 221.000 contribuyentes entre comerciantes, PyMEs, trabajadores independientes y prestadores de servicios. Se trata de la devolución de los saldos a favor (SAF) menores o iguales a $2 millones de pesos correspondientes al impuesto sobre los Ingresos Brutos. El trámite se realiza de manera 100% online y reduce los tiempos de espera significativamente: lo que antes tomaba más de tres meses, ahora se completa en 96 horas hábiles. Este cambio busca aliviar la carga administrativa y económica de los contribuyentes, liberando dinero que podrá ser utilizado en el funcionamiento diario de los negocios y servicios.
Exención del ABL para más jubilados y pensionados
La exención del 100% del ABL ahora alcanza a 37.000 jubilados y pensionados más. Este beneficio aplica a quienes perciben un ingreso mensual de hasta cuatro jubilaciones mínimas, es decir, cerca de $1.063.000, y cuya vivienda tenga una valuación fiscal inferior a $40 millones de pesos.
En el esquema anterior, la exención del ABL podía ser parcial y se aplicaba según una escala (25%, 50%, 75% o 100%). Con la nueva norma, los jubilados y pensionados que cumplan ambos requisitos obtienen el beneficio total automáticamente, sin necesidad de realizar trámites adicionales. Además, esta medida también alcanza a las personas con discapacidad que cumplan con los mismos parámetros establecidos.
Exención y reducción en Ingresos Brutos para servicios no profesionales
Plomeros, electricistas, peluqueros, administradores de consorcios, fotógrafos y otros trabajadores de oficios y servicios no profesionales están incluidos en esta medida. Se aplica una exención total o una reducción gradual del impuesto a los Ingresos Brutos, dependiendo de la facturación anual de cada contribuyente.
- Exentos del 100%: Quienes facturen hasta $6.450.000 anuales.
- Reducciones graduales: Quienes facturen entre $6.450.000 y el límite superior del Tramo F del Régimen Simplificado, equivalente a $24.250.000 anuales. La reducción depende de la categoría:
- Categoría B: -35%
- Categoría C: -30%
- Categoría D: -25%
- Categoría E: -20%
- Categoría F: -10%
Esta medida alcanza a 138.000 contribuyentes y busca reducir los costos de los pequeños negocios y trabajadores independientes.
Exención del impuesto de sellos para contratos y operaciones comerciales
El impuesto de sellos se elimina para diversos contratos y operaciones, con el objetivo de abaratar costos y facilitar las transacciones en sectores clave:
- Contratos de alquiler comercial y turístico: Antes, la alícuota del impuesto solo se eximía en alquileres destinados a vivienda. Ahora, también incluye contratos con fines comerciales y turísticos, beneficiando a comerciantes y al sector turístico.
- Operaciones de leasing de vehículos: Se reduce a 0% el impuesto de sellos en contratos de leasing, promoviendo el acceso a vehículos y fortaleciendo la industria automotriz.
- Cesión de cuotas en fideicomisos inmobiliarios: Los instrumentos que impliquen la cesión de derechos en fideicomisos destinados a desarrollos inmobiliarios también quedan eximidos del impuesto de sellos.
- Compraventa de viviendas familiares: Las operaciones por debajo de $205 millones de pesos quedan exentas del impuesto, facilitando el acceso a la vivienda propia.
Unificación del Monotributo Nacional y local
Más de 207.000 monotributistas porteños se beneficiarán con el Monotributo Unificado Nacional, que simplifica el pago de impuestos. Este régimen integra las obligaciones fiscales nacionales y locales en un único pago mensual fijo, eliminando retenciones bancarias y reduciendo los trámites administrativos.
Además, facilita la regularización de deudas al permitir planes de pago unificados para saldar obligaciones nacionales y locales de manera más accesible.