EL GOBIERNO REGALEMENTO LA LEY DE ENFERMEDAD CELIACA
Por Decreto 218/2023, se aprobó la reglamentación de la Ley de Celiaquía N.º 26.588, modificada por Ley N.º 27.196, que plantea la incorporación de la obligatoriedad de ofrecimiento de menús libres de gluten en diferentes instituciones y establecimientos y amplía la identificación de los medicamentos, en función del contenido o ausencia de gluten.
La normativa declara de interés nacional la atención médica, la investigación clínica y epidemiológica, la capacitación profesional en la detección temprana, diagnóstico y tratamiento de la enfermedad celíaca, su difusión, acceso a alimentos y medicamentos libres de gluten.
La celiaquía es una enfermedad del intestino que afecta al sistema inmunitario del organismo. En estas condiciones, el cuerpo no puede asimilar el gluten, una proteína presente en alimentos con trigo, con avena, con centeno y con cebada (TACC, por las siglas de las cuatro harinas).
De acuerdo a la información difundida por el Ministerio de Salud de Argentina, uno de cada 167 adultos sufre esta patología. A su vez, es diagnosticado uno de cada 79 menores de edad.
A partir de ahora, todos los medicamentos deberán identificarse en función de su contenido o ausencia de gluten como “Libre de gluten” o “Este medicamento contiene gluten”.
Este aspecto constituye una preocupación en las personas con enfermedad celíaca dado que los medicamentos pueden constituir también una posibilidad de incorporar gluten en el organismo de manera involuntaria por el desconocimiento de su composición.
Luego de la sanción de la Ley 26.588 en el año 2009, se estableció un logo oficial para identificar los envases o envoltorios de Alimentos Libres de Gluten (Resolución Conjunta N°201/2011 y N°649/2011).